LA HOAC DE VALENCIA RECHAZAMOS LA PRETENSIÓN DE PENALIZAR A QUIENES AYUDEN A PERSONAS INMIGRANTES EN SITUACIÓN IRREGULAR
Entre nosotras hay muchas personas que huyendo de la pobreza o la persecución, o simplemente buscando un futuro mejor, salieron de sus países con la esperanza de construir un proyecto de vida mejor para ellas y para sus familias.
Una vez aquí, a las dificultades propias de la adaptación a una sociedad diferente, se añaden una serie de trabas legales para “legalizar” su situación, acceder a puestos de trabajo dignos y a los servicios básicos,...
Al mismo tiempo muchas personas españolas o extranjeras, de forma individual u organizada, comprendiendo las dificultades de estas personas, reconociendo el valor que aportan a nuestra sociedad y bajo el principio de que independientemente de su situación legal, las personas inmigrantes, como toda persona, poseen una dignidad humana que debe ser respetada, vienen prestando apoyo humanitario y material a las personas en situación irregular.
El actual proyecto de reforma del Código Penal, en su artículo 318 bis, propone castigar hasta con penas de prisión a quien ayude solidariamente a las personas extranjeras en situación administrativa irregular, y a quienes les presten servicios remunerados (vivienda, transporte,....).
Esta propuesta:
- Vulnera la Declaración Universal de los Derechos Humanos que en el artículo 1ª de la dice : “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados de razón y conciencia , tienen el deber de comportarse fraternalmente unos con otros”. Y que en el artículo 13 reconoce “el derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, regresar a su país, a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado”.
- Agrava la situación de vulnerabilidad, desamparo e indefensión de las personas inmigrantes en situación administrativa irregular.
- Equipara conductas ilícitas e inmorales como la trata de seres humanos y los abusos sobre las personas inmigrantes, con prácticas humanitarias de hospitalidad y apoyo a aquellas personas que se encuentran “sin papeles “en nuestro país.
- Tal y como está redactada, deja al arbitrio del ministerio fiscal la decisión de qué es delito o no.
- Es considerada por el Consejo General del Poder Judicial como poco clara señalando que podría resultar inconstitucional.
Por todo ello nos unimos a todas aquellas personas y entidades que exigen la exclusión del Código Penal los comportamientos y conductas solidarias y humanitarias, de cualquier tipo, encaminadas a procurar a las personas que llegan o se encuentran en nuestro país los mínimos necesarios para una subsistencia digna.
Reivindicamos el derecho a comportarnos fraternalmente con todas las personas especialmente con las que se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad y riesgo de exclusión, sin ser penalizadas por ello.
“El ciudadano tiene obligación en conciencia de no seguir las prescripciones de las autoridades civiles cuando estos preceptos son contrarios a las exigencias del orden moral, a los derechos fundamentales de las personas o a las enseñanzas del Evangelio.” (Catecismo de la Iglesia Católica nº 2242).
Febrero, 2013
Hermandad Obrera de Acción Católica –Valencia
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